Como algun@s ya sabréis, la legislación Europea deja una puerta abierta para que cada estado miembro regule a su manera algunos puntos de la legislación. Lo que no se imaginarían ni en sus perores sueños, son los cambalaches que son capaces de realizar algunos estados como el Español para salirse con la suya. Esta jugada de España, saltándose por la torera todo lo que la UE quería unificar, podemos observarlo de manera muy grafica en la parte de la Zonificación, que es el resquicio legal que se les dejó a los estados miembros. 

La UE quería quitar las etiquetas de profesional o recreativos a los pilotos y operadores. Esta jugada creemos que nos parece lógica ya que seas piloto a nivel profesional o a nivel amateur, estas pilotando un UAS con todo lo que ello conlleva. Pues bien... lo que no se esperaría la UE es la jugada enrevesada que planteo España 4 días antes de que entrará en vigor la legislación Europea y como una imagen vale más que mil palabras os dejamos un pantallazo de lo que hablamos a ver que os parece:

Como podéis observar en la imagen toda la parte de recreativo y profesional lo mantiene España, causando por un lado una desinformación por la parte de Piloto/Operador (ya que en las formaciones que imparte la propia AESA para las certificaciones de pilotos no hace ninguna distinción al respecto) y por otra parte desalineando totalmente como ya hemos comentado lo dicho por la UE al respecto.

Además de esto, como ya no saben de que manga sacarse lo que piden, podemos ver un baile de RD según zona/actividad, que ya podéis sacaros la licenciatura de juristas, que si no, os va ha costar saber lo que puedes o no hacer en cada caso. Por no hablar ya de la parte puntualizada por asteriscos.... que si pero no... pero según... 

Pero no acaba aquí el grueso de esta parte. La opacidad al respecto ha sido tan grande, que mucha gente que nos hemos estado informando lo máximo posible, intentado estar lo más actualizados al respecto de la nueva normativa (buscando documentación, contrastando legislaciones Europea con la Española, mandando infinidad de correos a AESA y Enaire,...) para intentar ayudar lo más eficientemente posible a l@s pilotos que nos preguntaban, no nos enteramos de esta medida hasta bien pasado un par de meses de su publicación. ¿A caso espera AESA que nos enteremos de cada modificación que implementen por arte de magia?

Por otra parte y esto ya es de echarse a llorar, España para facilitarnos (es irónico para el que no lo pille) más todavía la labor de estar actualizados, en lo que llevamos con la normativa europea ya ha cambiado esta guía como en su titulo indica 7!! veces.

Y por ultimo os dejamos abajo el documento completo donde podéis encontrar esta tabla y más información al respecto de las Zonificaciones, sus obligaciones y limitaciones. También dejamos debajo del de zonificación los dos documentos que hace referencia este mismo para aplicación de las leyes que son el  1180 y el 1036.

ZONIFICACIÓN V7

UAS-OPS-DT01_v7_Zonas.geograficas.UAS_.pdf

RD 1180

RD_1180_2018.pdf

RD 1036

RD_1036_2017.pdf